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La dirección letrada de la APIF ha solicitado la suspensión de García Ortiz, en el momento de que se dicte auto de apertura de juicio oral. Foto: EP

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El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, podría enfrentarse a juicio por un presunto delito de revelación de secretos. Ello, en relación a la información hecha pública sobre Alberto González Amador, novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. Un enjuiciamiento del FGE que se daba a conocer este martes desde el Supremo, y ante el que la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) ha solicitado la suspensión cautelar de García Ortiz.

La última bala que le quedaba al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, para evitar sentarse en el banquillo de los acusados para ser juzgado por un supuesto delito de revelación de secretos, ha sido fallida.

El tribunal de apelaciones de la causa, formada por los magistrados del Tribunal Supremo Julián Sánchez Melgar, Andrés Palomo del Arco y Eduardo de Porres Ortiz de Urbina, ha concluido que existen indicios suficientes para que García Ortiz se enfrente a juicio por haber solicitado a la fiscal jefe de Madrid, Pilar Rodríguez Fernández, que le enviara a su correo personal los mensajes que intercambió el fiscal del caso y la defensa de Alberto González Amador.

Según el auto dictado hoy, el fiscal general usó esa información para filtrar el contenido a la prensa y para preparar una nota pública, lo que vulneró la confidencialidad de las comunicaciones.

La Sala considera que existen indicios sólidos de que García Ortiz fue el responsable de esa filtración y de la elaboración de una nota oficial que incluyó datos protegidos, con el objetivo de contrarrestar la versión periodística.

Un auto del Tribunal Supremo hecho público este pasado martes, ante el que la APIF, personada en la causa, no ha tardado en responder.

LA SUSPENSIÓN DE GARCÍA ORTIZ

Así pues, en un escrito al que ha tenido acceso Confilegal, la asociación de fiscales ha solicitado a la Sala de lo Penal del alto tribunal la «suspensión cautelar del Fiscal General del Estado». Ello, basándose en el artículo 145.1 del Reglamento del Ministerio Fiscal.

«La persona titular de la FGE podrá acordar motivadamente […] la suspensión cautelar de cualquier miembro del Ministerio Fiscal contra el que se siga un procedimiento penal», estipula este artículo. Una suspensión que se acordará, «en todo caso, cuando se dicte auto de apertura de juicio oral«.

«En el presente caso, no ofrece ninguna duda que el Fiscal General del Estado se integra dentro del concepto ‘cualquier miembro del Ministerio Fiscal’», expone la dirección letrada de la APIF, dirigida por Juan Antonio Frago Amada, Verónica Suárez García, Álvaro Bernad Sánchez y Napoleón Cánovas Fernández.

Escrito en el que, además, aseguran que  «la suspensión es imprescindible para garantizar el correcto desarrollo del proceso», en tanto que si García Ortiz continuara siendo FGE en el acto del juicio oral «él sería el superior jerárquico del fiscal designado para intervenir y, en calidad de tal, podría impartirle órdenes».

Situación ante la que, en el escrito, se solicita al alto tribunal que se acuerde, «una vez se dicte auto de apertura de juicio oral respecto de Álvaro García Ortiz, suspenderle provisionalmente como Fiscal General del Estado».